ETIMOLOGÍA:
La palabra violación proviene de la voz latina violatio-onis; que denota la acción y efecto de violar. En términos actuales y según la Real Academia de la Lengua es una modalidad del delito contra la libertad sexual consistente en el acceso carnal con otra persona, sea por vía vaginal, anal o bucal, cuando ocurre alguna causa destinada a anular la voluntad de la víctima tal como el uso de la fuerza o de la intimidación.
DEFINICIÓN:
Escriche, define a la violación como la violencia que se hace a una mujer para abusar de ella contra su voluntad.
En esa definición prevalece el concepto originario de la violencia como sinónimo de fuerza, pero según Arrilas Bas, ese concepto se amplia de la doctrina de la violencia presunta y se concreta por Carrara, cuando define la violación como el conocimiento carnal de una persona ejercido contra su voluntad mediante el uso de la violencia verdadera o presunta. Analizando la definición de Carrara, se observa que la esencia del delito que nos ocupa descansa en la falta de consentimiento dela víctima, sometida a la violencia sexual y por lo tanto, que esa falta de conocimiento es condición esencial para que pueda configurarse el delito.
ABUSO SEXUAL
Es toda conducta o comportamiento que atenta contra los derechos básicos fundamentales de las personas: A la vida, la libertad, la integridad y la dignidad humana. Se manifiesta con conductas agresivas, temporales, o permanentes que buscan lesionar, humillar, degradar, expresar dominio o presión sobre una persona o personas que se encuentran o se colocan en condiciones de inferioridad.
ASALTO SEXUAL
Se caracteriza por el uso de la violencia y el control de la situación mediante la utilización de la fuerza. El agresor o agresores utilizan armas e intimidación. Se comete frecuentemente en lugares aislados o aprovechando la ausencia de vigilancia En la mayoría de los casos el agresor es desconocido. Puede ser premeditado o casual. El premeditado se caracteriza porque ha sido previamente planeado; la casual se presenta cuando en la comisión de un delito las circunstancias de control se prestan para llevar a cabo la realización de un delito sexual.